En el estado de Quintana Roo existen lineamientos para la organización urbana de la ciudad y de los fraccionamientos que la constituyen y existe una ley de fraccionamiento única en el estado.
Esta Ley es de orden público e interés social y de aplicación en todo el territorio del Estado de Quintana Roo, y tiene por objeto establecer y reglamentar las disposiciones conforme a las cuales la administración pública intervendrá para el mejor ordenamiento, desarrollo y aprovechamiento de la división de terrenos en predios o lotes correspondiendo su aplicación al Gobernador del Estado a a través de la Secretaría Estatal de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Los estudios y acuerdos para autorizar fraccionamientos en Quintana Roo se sujetarán a las normas expresas contenidas en este ordenamiento y en los planes estatal y municipal de desarrollo urbano, de conformidad a la Ley de Planificación y Desarrollo Urbano y demás normas relativas.
La ley también destina la ubicación de fraccionamientos, su zonificación interna, destino de áreas disponibles, soluciones viales, anchura de avenidas, calles colectoras, calles locales y andadores, las dimensiones mínimas y máximas de lotes, los espacios libres y su utilización y todas las demás características, estarán sujetas a lo dispuesto por esta ley, de conformidad al tipo de fraccionamiento y a la autorización específica para cada caso, sujetándose a los usos, destinos, reservas y previsiones derivadas de los planes estatal y municipal de desarrollo urbano.
Al mismo tiempo, esta ley clasifica los fraccionamientos en 5 tipos:
1. Habitacional Urbano: Residencial, tipo medio, interés social y / o popular.
2.- Habitacional Suburbano o Rural: Residencial y explotación Agropecuaria
3.- Turístico: Hotelero, mixto hotelero-habitacional
4.- Comerciales: venta al detalle, venta al mayoreo y / o bodegas
5.- Industriales: contaminantes y no contaminantes
5. De Servicios Funerarios
La ley también permite que los fraccionamientos turísticos hoteleros se destinarán exclusivamente a la construcción de inmuebles que presten el servicio de hospedaje a terceros, o bien inmuebles de tipo condominal para hospedaje de tipo temporal de sus propietarios o inquilinos.
Gracias a esta ley podemos conocer cada uno de los lineamientos y reglas al momento de adquirir una propiedad en dicho estado.
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